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Monforte del Cid: La alcaldesa va camino de perder el juicio

Redacción




La alcaldesa de Monforte, María Dolores Berenguer Belló. /Foto: youtube.com.

Josep Sansano.

La alcaldesa de Monforte del Cid, María Dolores Berenguer Belló es una comunista, que gobierna por dos tránsfugas de Ciudadanos, que ha perdido el sentido del ridículo y va camino de perder el juicio. Sin ton ni son, y con la prepotencia de los ignorantes, la alcaldesa ha montado una especie de tribunal popular contra el secretario, Santiago de Munck, al que se ha dedicado presuntamente a acosar laboralmente en términos delictivos, junto al concejal de Personal, Vicente García Saiz.

No es cuestión de entrar en las patrañas de la alcaldesa, que ya está denunciada ante los tribunales, porque sus patrañas se refieren al año 2.003, por lo que, obviamente, cualquier cuestión está prescrita y parece mentira que el equipo de gobierno arrastre de manera tan clamorosa el nombre de Monforte del Cid por el lodo de la ignonimia. En las próximas elecciones, no les va a votar, ni a los comunistas de IU ni a sus comparsas del PSOE, ni el peludo.

Magnífica la intervención de la presidenta del PP y concejala, Sandra Muñoz: «Hay constancia de la existencia de nueve denuncias formuladas por el funcionario D. Santiago de Munck Loyola, ante la Fiscalía Provincial de Alicante, dos de ellas el 7-9-2019, tres el 13-9-2017, una el 19-7-2017, una el 29-9-2017, una el 14-11-2017 y otra el 23-11-2017 contra, al menos, cuatro miembros del Gobierno Municipal (Dª Mª Dolores Berenguer Belló, D. Vicente García Saiz, D. Ángel Gutiérrez Guillén y Dª Mª Teresa de las Nieves Alberola) y contra algún funcionario, por la posible comisión de delitos tales como prevaricación, falsedades en documentos públicos, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.

Dirigentes del PP de Monforte del Cid. /Foto: intercomarcal.com.

La alcaldesa, acusada de prácticas inquisitoriales deleznables y rechazables

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«Igualmente existe constancia de la presentación de una querella por parte de este mismo funcionario contra Dª Mª Dolores Berenguer Bello, D. Vicente García Saiz y los funcionarios que pudieran resultar igualmente responsables por acoso laboral y delito de odio a tenor de lo dispuesto en los Artículos 314 y 173.1 del vigente Código Penal.

«Es evidente que este Gobierno Municipal, desde el primer día, ha venido discriminando y persiguiendo a este funcionario por motivos exclusivamente ideológicos y cuyas consecuencias será determinada en su día por los tribunales de justicia, pero que en todo caso y desde una perspectiva estrictamente política, constituye una práctica inquisitorial deleznable y rechazable.

«No es admisible que un Gobierno Municipal dedique gran parte de su esfuerzo y del dinero de los vecinos a intentar destruir la vida personal, familiar y laboral de una persona por el simple hecho de que no es de su cuerda política.

«Y este nuevo punto que se trae a pleno es un escalón más en esa dinámica de acoso y derribo contra este funcionario, una venganza, sobre todo, por haber puesto en conocimiento de la justicia la posible comisión de delitos presuntamente perpetrados por miembros del Gobierno para que sean investigados y, en su caso, depuradas las responsabilidades penales a que hubiere lugar.

«La propuesta que trae el Gobierno Municipal es una pieza más de este proceso de acoso laboral y para lograr su propósito el Gobierno Municipal no duda un minuto en emplear cualquier recurso para perseguir unos presuntos delitos que, de haber existido, no pueden ser imputados al funcionario, sino a terceros y que, en todo caso, de haber existido, hace tiempo que habrían prescrito.

«El Gobierno Municipal en lugar de reconducir la situación sólo echa más leña al fuego, leña pagada, eso sí, con el dinero de los contribuyentes.

«En este contexto es evidente que tanto la Alcaldesa que ha impulsado este expediente, como el Secretario que lo ha tramitado, así como la mayoría de los concejales del Gobierno Municipal están incursos en causa de abstención en el procedimiento, a saber, c) Tener…enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior (Artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).

«Es tan obvia la enemistad manifiesta de los miembros del Gobierno Municipal y del Secretario hacia el funcionario contra el que se dirige este punto del Pleno y tan evidentes las razones que lo fundamentan que ya se debería haber producido automáticamente dicha abstención, pero que, en todo caso, y al no haberse producido son recusados en este acto por este Grupo Municipal y así pedimos que conste en acta».