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Carta abierta a los dirigentes de la ‘Asamblea Nacional de Homeopatía’

Redacción




Joaquim Nabona, Médico

Estimados Compañeros: Tras la explícita «negación de la base científica de la Homeopatía» del pasado mes de marzo por parte de algunas instituciones académicas del Estado español, la Asamblea Nacional de Homeopatía (ANH) elaboró el mes de abril  el documento titulado «Declaración de las Sociedades Científicas Homeopáticas de España» (DSCHE), ahora  publicado en forma de tríptico, con el objetivo de «trasladar a la sociedad un mensaje único y clarificador sobre lo que verdaderamente corresponde a nuestra práctica de la Homeopatía» (sic).

Después de su atenta lectura es mi deber deontológico, como médico y socio de la Academia Médico Homeopática de Barcelona, presentar y someter a vuestra consideración las siguientes Objeciones.

Objeciones a la DSCHE

1ª Objeción: a su premisa acientífica y falsa.

El apartado 4. de la DSCHE «Utiliza medicamentos, con las garantías que ello conlleva»  reza así: «Los medicamentos homeopáticos están regulados por las mismas leyes europeas y españolas que afectan al resto de medicamentos, en una sección de medicamentos especiales (junto con otros tipos de medicamentos) que reconoce sus características particulares pero que al mismo tiempo les exige cumplir las mismas garantías de calidad que al resto en cuanto a fabricación, distribución y venta, y hasta seguimiento de los problemas derivados de su utilización (fármacovigilancia); por eso son de venta exclusiva en farmacias.»

La DSCHE se ampara en la Ley 29/2006 de Garantías y Uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (BOE-A-2006-13554); Texto consolidado (última modificación: 25 de julio de 2015) 17, la cual, a su vez, recoge la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de noviembre de 2001 16, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano. En dicha Ley encontramos el trato legal que recibe el concepto «medicamentos (homeopáticos)» y  su definición.

Según esta Ley: «Un medicamento homeopático podrá contener varios principios activos» (sic) (Ley 29/2006. Cap V. De las garantías sanitarias de los medicamentos especiales. Artículo 50; Artículo 2 del Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, BOE núm. 267; p. 45652) 18,  que remedan la Directiva 2001/83/CE Título  1. Definiciones. Artículo 1. 5)), la cual ya señalaba que: «Un medicamento homeopático podrá igualmente contener varios principios» (sic).

Con enorme sorpresa, asistimos pues al hecho inconcebible que el contenido legislativo de la Ley del medicamento en vigor, en lo que se refiere a los «medicamentos homeopáticos», no se ajusta a la verdad científica homeopática. Al contrario, atenta directamente contra el espíritu de la Ciencia, de la lógica científica, del mandato científico de la simplicidad. Constituye pues un ataque directo al corazón del espíritu de la Homeopatía, la simplicidad inherente al Principio de la similitud (SIPS) 13, 21, el fundamento fontanal de la Ciencia, y a la Homeopatía pura (HP) 10, 20. Dicho redactado neglige y silencia escritos 2, 6, 7 y parágrafos científicamente claves de la doctrina homeopática: ORG 2-6, 5-6 § 26-27; ORG 6 § 273; ORG 5-6 Pról., § 274, 11, 15  desvirtuando así la quintaesencia de la cientifidad suprema de la Ciencia verdadera de curar, fundada por el Dr. S. Hahnemann y dada a conocer a la comunidad científica el 1796 1.

Vemos pues que la DSCHE, por mucho que se ampare en la legalidad vigente, parte de una premisa acientífica y falsa, ya que la Ley 29/2006 por lo que respecta a los «medicamentos homeopáticos» contradice gravemente el espíritu y la lógica de la ciencia, lesiona a la HP, a la SIPS y a su subsiguiente Ley de curación por la analogía de los síntomas (LICAS).  Además, y  a diferencia de otra legislaciones existentes como la suiza, no respeta el derecho consuetudinario propio y distintivo de la HP (ORG 6 § 264-265) 6, 7, 11 *.

 

* Hay que recordar que, por razones técnicas, los laboratorios y la industria farmacéutica homeopática (IFH) no llevan a cabo ningún  control de calidad del principio activo dinámico, indetectable sensorial o químicamente 6, de los simplicia, antes de su expedición y venta en las oficinas de farmacia.  Por consiguiente su fuerza dinámica y su efectividad clínica se ha de presuponer, por no haber sido utilizados clínicamente con anterioridad. De ahí la conveniencia que el control de la calidad dinámica clínica de los simplicia pueda seguir siendo sujeto de derecho consuetudinario del médico 6, 7.

Nos damos cuenta que la Ley 29/2006 (Cap V. De las garantías sanitarias de los medicamentos especiales. Artículo 50) desde su acientificidad da cobertura legal plena a la seudohomeopatía acientífica (SHA), pluralista, complejista y consumista, y a su desarrollo, lo cual  desde el punto de vista científico constituye un muy grave desvario retrógrado hacia la antigua escuela (acientífica) pre-hahnemanniana (ORG 5-6 Pról) 10, 11.

¿O no es precisamente la didáctica de la cientificidad de orden superior de la HP, que se alza sobre la SIPS – la única que no es falsable y que puede superar cualquier test de cientificidad -, la gran asignatura que los médicos homeópatas debemos saber explicar ante la comunidad científica, la Medicina y la sociedad, tal como Hahnemann tan abierta,  consciente y libremente lo hizo en su dia? 1, 4, 14 

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Así pues, esta Objeción a la premisa acientífica y falsa de la cual parte, ya por si sola refuta la cientificidad y la validez didáctica de la DSCHE ante la comunidad científica y la sociedad.

A fin de comprender mejor la  razón de ser de esta Objeción, es preciso no olvidar que la «Carta de los Médicos Homéopatas del Estado Español» (1989) fue el primer eslabón de la larga deriva acientífca de la Homeopatía Unicista (HU), infiel a su matriz, la HP,  en España hasta nuestros días 22. Emulaba el modelo legistavo francés.  Su acrítica y necia implementación sentó las bases de la actual legislación concerniente a los «medicamentos homeopáticos», a todas luces hecha a conveniencia de los intereses económicos de la IFH.

Ante ello, una vez más 19  deberíamos formularnos un sinfín de preguntas, como por ej.:

  • ¿qué técnicos/ médicos/ farmacéuticos/ profesionales sanitarios/ grupos parlamentarios intervinieron en su dia en la redacción y aprobación de la Directiva 2001/83/CE y de la Ley 29/2006 concerniente a los medicamentos homeopáticos, que atenta manifiestamente contra el espíritu de la Ciencia en general y de la HP en particular?
  • ¿Cómo fue posible tamaña aquiescencia tácita a su aprobación legal, ¡sin ningún recurso, sin ninguna emmienda!, por parte de la HU y sus organizaciones médicas entonces existentes (A.M.H.B., F.E.M.H.)?
  • ¿Cómo puede ser que  los médicos homeópatas acreditados, un buen día nos encontráramos aprobada una Ley del medicamento que no se ajusta a la verdad científica homeopática ni al derecho consuetudinario de la HP, sin que se nos hubiese puesto en conocimiento ni de su tramitación ni de su contenido por lo que atañe a los «medicamentos homeopáticos»?
  • ¿Podemos pensar, sin temor a equivocarnos, que la IFH y la ideología del Capitalismo biomédico (CPBM) en ella subyacente, que pretende a su conveniencia «redefinir las bases de la homeopatía en el plano doctrinal, científico y de formación» (sic) 12 influyó decididamente como grupo de poder y de presión en su redacción y aprobación?
  • ¿Cómo es que ninguna otra voz 19, de entre los «miles de profesionales médicos que prescriben medicamentos homeopáticos» [DSCHE, Apartado 3.], ocasional o habitualmente, se ha alzado desde entonces (2006) para denunciar una legislación al servicio de los intereses la IFH, como brazo operativo que es del CPBM, cuyo objetivo es explotar económicamente  la incurabilidad de la condición enfermiza humana y a tal fin promueve la SHA para contrariar, eclipsar, impedir y silenciar el conocimiento de la SIPS y de la HP?

2ª Objeción: a su desconocimiento de la certeza sanativa de la HP.

La DSCHE se refiere a la Homeopatía como «una práctica (clínica basada en datos científicos) que necesariamente incorpora un espacio para la incertidumbre…» (sic). [Apartado 2.]

Esta vacua denominación desconoce y neglige la certidumbre o certeza (Gewißheit)  que demanda la Ciencia verdadera de curar 14 que en cada caso individual aplica  correctamente la LICAS.

Así pues, la incertidumbre es totalmente ajena a la Ciencia práctica de curar, la HP, fundada por el Dr. S. Hahnemann.  Precisamente la gran tarea que éste llevó a cabo consistió en liberar la Medicina de la incertidumbre hasta entonces existente, es decir, en superar la incertidumbre, por un lado, en el conocimiento de la fuerza medicinal real propia y distintiva de cada una de las sustancias potencialmente medicinales y, por otro, en el conocimiento de la real naturaleza de las enfermedades humanas.

Abrir el camino de la certeza sanativa fue la matriz de su pensamiento y su obra. 2, 4, 5, 7. Entendió, así, la necesidad de fundar la Ciencia medicinal que permitiese curar de forma cierta y previsible cada caso individual de enfermedad. De esta manera se produjo el tan necesario nacimiento de la HP 1, 10, 20, el sistema medicinal simple, analógico/científico, dinámico, que se alza sobre la SIPS|LICAS, que correctamente aplicada, posibilita la curación cierta.

Así, el grado de  certeza matemática 8 previsible en una curación será directamente propocional al grado de analogía existente entre los síntomas característicos y distintivos del caso individual y los del remedio escogido 9 [ORG 6 §§ 145, 147] 11.

3ª Objeción: a su silenciamiento del mandato científico de la simplicidad.

La DSCHE es un nuevo vehículo transmisor de un subliminal mensaje plural, acorde con la premisa acientífica y falsa de la que parte (1ª Objeción).

Nos habla de: las «altas diluciones dinamizadas base de los medicamentos homeopáticos»,  «Utiliza medicamentos,…», «su utilidad … asociados a …», «un paciente… sus necesidades, intereses y valores», «las opciones terapéuticas…, y entre ellas los medicamentos homeopáticos», «…permite la reducción de la utilización de otros medicamentos», «ausencia de interacciones con fármacos convencionales», «tratándose de medicamentos…», «las bases sobre las que se desarrolla», «grandes estudios», «las autoridades sanitarias», «los farmacéuticos», «condiciones reales de administración y consumo»,… siempre en plural. [Apartados 2,3,4,5]. Tan solo una vez menciona, en singular, a «el medicamento homeopático» [Apartado 1.].

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Con este sesgo plural silencia totalmente el mandato científico de la simplicidad (medicinal). [ORG 6 §§ 272-274] 11, 21 No hace ninguna mención del simplex, del principio activo simple homeopático 6, 7, ni de la SIPS, el fundamento fontanal de la HP, toda simple, ni de la unidad desafinación dinámica del principio vital|síntomas (ORG 5-6 § 15) 11, 15, ni del imprescindible diagnóstico homeo-medicinal de cada caso individual, entendido como un todo indivisible 3, como una unidad indivisible de significado,…

  • ¿No se distingue la Homeopatía precisamente por ser el único sistema medicinal preventivo y sanativo existente que se alza sobre la SIPS 21?

 

  • ¿No es precisamente su simplicidad sanativa la característica distintiva que le confiere su cientificidad suprema 21?
  • ¿No es precisamente la fuerza sanativa de la simplicidad inherente a la HP lo que la hace positivamente revolucionaria?
  • ¿No es la simplicidad medicinal la piedra filosofal del médico 2?

 

La DSCHE rehuye estas consabidas interpelaciones y ¡neglige la simplicidad, la fuerza sanativa de la simplicidad, la quintaesencia de la Ciencia verdadera de curar! En su lugar habla en plural de «terapéutica homeopática»: «tratamiento exclusivo o complementario», «ausencia de interacciones con fármacos convencionales», «medicamentos homeopáticos… asociados a otras intervenciones terapéuticas», y de «la integración de la homeopatía en las consultas»,… (sic)

Alimenta así una «similitud» desligada del mandato científico de la simplicidad medicinal. Fomenta una «homeopatía» que contínuamente descabeza y neglige a su gran Principio científico, la SIPS. Propugna una «homeopatía» acéfala 13, acientífica, reducida a una «similitud» ambigua y equívoca que todo lo justifica: dígase pluralismo, complejismo, consumismo de gránulos, de medicamentos «homeopáticos» con indicación terapéutica; dígase «temas»; o dígase principio/s homeopático/s entremezclado/s con diversas variables terapéuticas, ya sea de manera «integrativa», o bien «combinada» con,  o «complementaria» de otras terapias, que traicionan vilmente la HP (ORG 6 § 52) 11.  Esto es, promueve la SHA, que es absolutamente incapaz de poder validar cualquier cientificidad.

Y en este sentido ilustra su mensaje subliminal  con la imagen de un tubito lleno de gránulos como eje vertical de «un corazón» figurado por unas manos femeninas,  y para encubrir su espuria acientificidad ha de recurrir a supuestos médicos y farmacéuticos que exclamen:  «exigimos poder ejercer sin trabas nuestro derecho para hacer uso de esta libertad de prescripción y consejo, siempre dentro de lo que constituye un comportamiento ético y científicamente irreprochable» (sic) [Apartado 3.]

Para mayor descrédito, incurre, otra vez 19, en la falta de rigor de presentar cifras cuantitativas (¡300 millones de pacientes, alrededor de 250 mil médicos que la prescriben!) (sic) [Apartado 3.] sin ningún tipo de discriminación cualitativa y por consiguiente carentes de todo valor científico real.

   Sin simplicidad medicinal, todo intento de validación científica de un principio activo dinámico homeopático inserido en una pluralidad de variables terapéuticas, resulta imposible.

 

Conclusiones

En base a los argumentos aportados y las Objeciones formuladas, podemos concluir que la DSCHE contrariamente a las apariencias es:

  • un mensaje sesgado, basado en una premisa acientífica y falsa, aunque inconcebible y lamentablemente «legal», que no se ajusta a la verdad científica de la SIPS, de la LICAS y al derecho consuetudinario de la HP,
  • un nuevo ataque encubierto a la SIPS, a la cientificidad de orden superior de la HP, perpetrado una vez más y muy subrepticiamente por la ideología del CPBM, a través de sus agencias y consultoras de comunicación y de su brazo operativo en el seno de la Homeopatía, la IFH.  Lo cual desacredita y descalifica  científicamente a la ANH y a las Sociedades Científicas a las que agrupa, infieles a la HP y aliadas con la SHA|IFH, y, a la vez, a sus Dirigentes y Representantes,
  • otra desinformación que neglige y silencia interesadamente contenidos clave de la Ciencia verdadera de curar a fin de fomentar la SHA, y que da enorme pasto fácil a los detractores y oponentes de «la homeopatía» para que puedan seguir negando su base científica,
  • un nuevo fraude contrario a la ciencia y a la verdad, que no contribuye para nada a garantizar el derecho de acceso de los enfermos al Arte y Ciencia verdadera de curar, que posibilita la curación cierta y previsible de cada caso individual, y que perjudica a la sociedad.

En definitiva, una «Declaración» científicamente refutable, carente de validez didáctica e informativa para la sociedad española y ante la comunidad científica.