AYÚDANOS A COMBATIR LA CENSURA: Clicka aquí para seguirnos en X (antes Twitter)

FIRMA AHORA: El manifiesto contra el genocidio de los niños


ANVIPED recurre al caso polaco para denunciar la metamafia judicial española

Redacción




Redacción.

ANVIPED ha emitido la siguiente nota: Ante las represalias que estamos sufriendo varias asociaciones de víctimas judiciales por parte de la metamafia judicial, por tercera vez hemos solicitado, mediante prejudicialidad, la suspensión del Ministerio Fiscal y de los tribunales españoles ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en casos de delitos contra el inexistente honor de las corruptas autoridades públicas, al amparo de la Sentencia del TEDH en el Caso Ravelo contra España.

La solicitud de prejudicialidad se ha realizado como respuesta a la segunda citación a nuestro Presidente, Javier Marzal, para declarar como investigado por calumnias a varios letrados de la Administración de Justicia, jueces y magistrados de Madrid, vertidas en una queja disciplinaria ante el Consejo General del Poder Judicial. Esta vez ha sido el corrupto Juzgado de Instrucción nº 21 de Madrid en las Diligencias Previas 208/2020D. Por sexta o séptima vez nuestro Presidente no ha asistido a una citación judicial, no habiendo sido detenido nunca por este motivo.

El corrupto CGPJ, no sólo encubre e impulsa la actuación criminal de esas autoridades públicas, sino que ha denunciado al reclamante -nuestro Presidente- ante la corrupta Fiscalía General del Estado que ha ordenado a la Fiscalía de Madrid que interpusiera querella contra el reclamante. Dada la implicación de los dos organismos superiores del poder judicial, consideramos que es una acción de terrorismo de estado, como se dice en el escrito forense (judicial).

Cabe recordar que este tipo de actuaciones contra dirigentes y abogados del sector social, fue denunciado ante el Comité Fiscal de la Fiscalía General del Estado y ante el Comité contra la Tortura de la ONU.

Por tercera vez hemos utilizado la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha suspendido la actividad de la Sala Disciplinaria contra jueces del Tribunal Supremo polaco. Argumentamos los mismos motivos de falta de independencia e imparcialidad, para que el TJUE acuerde medidas provisionales, consistentes en la suspensión de este tipo de represalias de la metamafia institucional española, hasta que declare que estos procedimientos son ilegales en la Unión Europea.

Por enésima vez hemos utilizado la normativa europea de defensa de los denunciantes de corrupción, desde los convenios de 1999 hasta la reciente Normativa (UE) 1937/2019, incluyendo la preceptiva notificación al Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), para que la Unión Europea conozca lo que está pasando en España y pueda actuar certeramente.

También repetimos que «El TJUE debe declarar contrario a la normativa europea el artículo 215.1 del Código Penal, en cuanto a que: “Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos», propio del régimen de totalitarismo autoritario español.

Subsidiariamente, se interpone recurso de apelación contra la incoación del procedimiento y, subsidiaramente, el sobreseimiento libre, en ambos casos por falta de delito, al amparo de la referida STEDH.