Ramiro Grau Morancho. Abogado.
He sido secretario judicial sustituto, es decir, sin oposición, por enchufe (en mi caso por concurso de méritos), y tengo un gran respeto al gremio.
La verdad es que nunca había vivido tan bien, ni había firmado tantas decenas de veces al día, en ocasiones hasta centenares (con lo que a mí me gusta firmar, más que a un tonto un lápiz). Y, por supuesto, sin enterarme de nada de lo que firmaba, confiando siempre en el buen hacer de los funcionarios, que, dicho sea de paso, nunca defraudaron la confianza depositada en ellos…
Pero han cambiado las cosas, tienen más competencias, y por lo tanto hay que trabajar (algunos incluso tienen que empezar a trabajar), y ahora son letrados de la administración de justicia, aunque mucho me temo que el cuerpo debería componerse de dos escalas: los letrados y los iletrados. ¡Y no sé cuál de las dos sería más numerosa!
Recientemente un procurador de los tribunales presentó las cuentas del Gran Capitán en un pleito civil, y la apelación correspondiente.
Como quiera que sus derechos y suplidos están fijados por un Arancel, aprobado por Real Decreto, creo recordar que de 2003, resultaba evidente que cualquier parecido con la realidad –es decir, el Arancel-, era mera coincidencia…
Así se lo hice saber a las dos letradas, en los respectivos recursos, y, por supuesto, no hicieron ni caso, limitándose a confirmar el desafuero.
Excuso decirles que acudí en queja al Ministerio de Justicia, del que dependen estos funcionarios (Diligencias Informativas 141 y 151 de 2016), y el Secretario General de la Administración de Justicia, que tiene rango de Subsecretario, ha dictado sendas resoluciones, prácticamente idénticas, y que incluso me han sido notificadas en la misma fecha, desestimando totalmente mis quejas, y negándose expresamente (faltaría más, que hasta ahí podríamos llegar, que todavía hay clases) a incoar expediente disciplinario alguno.
La “argumentación” de este señor, don Antonio Dorado Picón, que es también secretario judicial (ahora letrado) es típicamente corporatista, y se basa en un informe previo de “la Secretaria de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Aragón”, es decir, otra secretaria, también elevada a letrada… Vamos que todo se queda en casa, ya que esto parece una merienda de letrados.
En ningún momento se entra a discutir si tengo razón o no, pues es obvio que la tengo, sino que se sale por la tangente, en la línea de la mejor tradición jurídica española:
“…sin que la intervención del Letrado de la Administración de Justicia pueda ser enteramente revisable en vía disciplinaria en cuanto cualquier interesado considere que la actuación del Letrado…de referencia silencia una pretensión debidamente formalizada, o confiere a la misma una respuesta contraria al interés de quien la plantea”.
Ítem más: “En el presente caso aunque contra el Decreto resolviendo la impugnación de honorarios no cabe recurso hay que tener presente que dicho Decreto no prejuzga, ni siquiera parcialmente, la sentencia que pudiere recaer en un juicio ordinario ulterior, es decir, que no tiene carácter definitivo”.
En otras palabras: váyase usted al juzgado, ponga un nuevo pleito, y entonces un juez decidirá sobre el fondo del asunto… ¡Que no hemos aprobado una oposición para tener que trabajar como negros!.
Como en los juzgados por lo visto no tienen nada que hacer, como los letrados no han hecho bien su trabajo, pues no pasa nada. Ponga usted un nuevo pleito, y gastemos tiempo y recursos públicos en resolver una cuestión que el letrado correspondiente tendría que haber solucionado, si hubiera hecho correctamente su trabajo…
Gracias, señor Secretario General de la Administración de Justicia. Yo, de mayor, quiero ser como usted.