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Aguas de Alicante y el Ayuntamiento llevan 7 años cobrando a los vecinos de Monforte del Cid el agua y el alcantarillado ilegalmente

Redacción




A raíz de la denuncia que el Partido Alicantino Regionalista hizo hace un año sobre la brutal subida aprobada por AMAEM de las tarifas del agua potable (un 14,5 %) y el servicio de alcantarillado (entre el 225% y el 950 % según el diámetro del contador) a los vecinos de Monforte del Cid y tras las gestiones realizadas ante la Comisión de Precios de la Generalitat Valenciana se han puesto de manifiesto varias irregularidades cometidas por el Ayuntamiento monfortino y por la empresa Aguas de Alicante en perjuicio de los consumidores monfortinos:

  • El contrato de adjudicación del Servicio suministro de Agua potable y servicio de alcantarillado de fecha 7-9-2017 fue anulado por la Sala Quinta del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por la Sentencia N.º 717/2020 de fecha 9-9-2020.
  • A pesar de la anulación de los pliegos administrativos de la adjudicación y del contrato, Aguas de Alicante (AMAEM) ha realizado 4 modificaciones de las tarifas para subirlas en 2021,2022,2023 y 2024, alegando en los anuncios publicados en el BOP de Alicante que lo hacía en virtud del contrato de adjudicación, una evidente falsedad documental pues dicho contrato había sido anulado.
  • Para lograr el visto bueno de las nuevas tarifas de la Comisión de Precios de la Generalitat Valenciana, tanto Aguas de Alicante como el Ayuntamiento de Monforte del Cid ocultaron a la misma que el contrato de adjudicación había sido anulado por Sentencia judicial firme, según ha comunicado por escrito al PAR el Presidente de la Comisión, D. Emilio Badillo Cubillo, el 6-6-2024.
  • Ante el debate de una moción sobre el tema presentada por un Grupo Municipal de la oposición en el Pleno del Ayuntamiento celebrado el 30-5-2024, el Alcalde se vio en la necesidad de mentir afirmando que las modificaciones de las tarifas son una responsabilidad de la Comisión de Precios de la Generalidad Valenciana, tratando de aparentar así que su Gobierno Municipal no tenía nada que ver con la subida del precio de un bien de primera necesidad como el agua potable. Y mintió porque la Comisión de Precios de la Generalidad Valenciana no está facultada para aprobar tarifas, sus funciones están señaladas en el Artículo 2 del DECRETO 68/2013, de 7 de junio, del Consell, por el que se regula la Comisión de Precios de la Generalitat y los procedimientos para la implantación o modificación de precios o tarifas sujetos al régimen de autorización y comunicación y su función es informar de forma preceptiva, pero no vinculante, sobre las modificaciones tarifarias que se le proponen.
  • En el colmo de la desfachatez política, el Alcalde, interrumpió el Pleno unos minutos para entregar un informe jurídico realizado por una empresa particular que textualmente señalaba como legislación aplicable los “pliegos de cláusulas administrativas particulares para la adjudicación” anulados precisamente por TSJ.

 

  • Desde 2017, Aguas de Alicante y el Ayuntamiento han subido el precio del agua casi un 20 % lo que ha supuesto un exceso de recaudación de casi 500.000 euros, sin contar la recaudación por la prestación del servicio de mantenimiento del alcantarillado y saneamiento.
  • Todas las modificaciones tarifarias, las de antes y las de después de la sentencia, han sido nulas e ilegales. Y lo son no porque hayan sido aprobadas por la Comisión de Precios de la Generalitat, que no las ha aprobado, sino tan solo informado favorablemente, sino porque no han sido aprobadas tan siquiera por quien únicamente puede hacerlo: el propio Ayuntamiento.
  • En efecto, desde 2011, el Ayuntamiento de Monforte del Cid no ha modificado su TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE que fue aprobada el 23 de noviembre de 2011 ni su REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL DE ALCANTARILLADO DE MONFORTE DEL CID aprobado el 30 de diciembre 2010.
  • La Ley es clara al respecto: la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que en su artículo 20.6 dice lo siguiente: “Las contraprestaciones económicas establecidas coactivamente que se perciban por la prestación de los servicios públicos a que se refiere el apartado 4 de este artículo, realizada de forma directa mediante personificación privada o mediante gestión indirecta, tendrán la condición de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario conforme a lo previsto en el artículo 31.3 de la Constitución.

En concreto, tendrán tal consideración aquellas exigidas por la explotación de obras o la prestación de servicios, en régimen de concesión, sociedades de economía mixta, entidades públicas empresariales, sociedades de capital íntegramente público y demás fórmulas de Derecho privado.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Contratos del Sector Público, las contraprestaciones económicas a que se refiere este apartado se regularán mediante ordenanza. Durante el procedimiento de aprobación de dicha ordenanza las entidades locales solicitarán informe preceptivo de aquellas Administraciones Públicas a las que el ordenamiento jurídico les atribuyera alguna facultad de intervención sobre las mismas”.

En opinión del PAR, esta voracidad recaudatoria de AMAEM con la complicidad municipal solo puede obedecer a la necesidad de amortizar lo antes posible el sobreprecio de 1.700.000 € que en 2017 pactó ilegalmente para obtener la concesión. Dinero que no se destinó a mejorar las infraestructuras hídricas sino a gasto corriente del Ayuntamiento. Además, el cobro a los vecinos de contraprestaciones económicas por la prestación del servicio de agua potable sin el respaldo aprobatorio de la tasa correspondiente podría ser constitutivo de un delito de exacciones fiscales, previsto en el Artículo 437 del Código Penal.

Por todo ello, la Presidenta del PAR de Monforte del Cid, Duly Vicente López ha manifestado que “estamos ante una gravísima situación, ante la especulación y trapicheo de un bien de primera necesidad como es el agua potable. Todos los vecinos estamos pagando de más por este bien y lo estamos haciendo sin que la ordenanza fiscal lo avale. Estamos hablando de unos 300 a 500 euros por familia en los últimos cuatro años y solo respecto a las subidas ilegales aplicables. Por ello, dado que el Gobierno Municipal solo se ocupa de defender los intereses de Aguas de Alicante nosotros vamos a facilitar gratuitamente a los vecinos los documentos precisos para que reclamen la devolución del dinero ilegalmente cobrado y, además, pondremos en conocimiento de la Justicia estos hechos para que se depuren las responsabilidades penales a que hubiere lugar”.