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La desgracia del Estado de las autonomías, generadoras de separatismo

Redacción




Borja Arias Montero.

El asunto de las autonomías sigue siendo un capítulo sin cerrar en el normal desarrollo constitucional. Ante todo es necesario establecer unas  consideraciones previas acerca del significado que tiene el Estado de las autonomías, a partir de la cual intentaré hacer un análisis filosófico-político de los problemas que tiene. Ante  todo, podemos entender una autonomía según lo definido en las constitución por el primer punto del artículo 153: “En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas […]. 

El correcto funcionamiento de las C.A. ya era criticado en los años ochentas por catedráticos importantes de derecho que ya veían como realidad lejana edificar este sistema anticentralista y que criticaban que diversos factores y actitudes iban a dificultar la cimentación. Partiendo de esa premisa en el pasado se afirmaba que la materia política, económica, jurídica estaban erosionando problemas sociales e históricos que arrastramos desde el pasado  mientras que los cimientos históricos e ideologías del nuevo modelos autonómico sin conflictivos por el anterior centralismo franquista, que según los poli rpcs regionalistas y secesionistas se encargó de vilipendiar la conciencia nacional o regional. El estado actual no ha podido resolver la problemática y si no existía seguridad antes de que lo lograse ahora los problemas se acumulan.  

Mas todo,  podríamos afirmar que esos problemas del pasado han aumentado el grado de polarización hacia el nacionalismo victimista, que amenaza con destruir las propias autonomías y el centralismo desde una perspectiva antiespañola que más tarde abordaremos. Una tal acumulación estaría fuera de lugar si efectivamente no estuviesen actuando, como una amenaza, las concepciones nacionalistas. Engendran un círculo problemático : si catalanes y vascos ,por ejemplo, rechazan la constitución y aspiran a crear un estado independiente pueden llegar a producir reacciones políticas y militares peligrosas que se verían como reaccionarias. Si  mantiene conflicto con el poder central además será aún más difícil, más si el estado rechaza las convicciones nacionalistas y lo hace por una falta de comprensión o por interés partidistas antes que por otras razones, creando así un círculo de confrontación que seguirá. 

 

Los argumento de Buneo sobre la ideologización de las autonomías las hace en el 95 con objeto de predecir el “comienzo del próximo Milenio”, cuando todo apunta a una posible subordinación política, económica y militar de España a Europa. Por si no bastaba,  esta deriva hacia un Estado Federal se unía al vigente “Estado de las autonomías”, que para algunos neopoliticos es una “Federación de Estados Ibéricos”. Término último que se está extendiendo por el supuesto  irreal de que existen naciones y nacionalidad en regiones justificadas por un supuesto pasado histórico, prehistórico-o incluso protohistórico si nos ponemos exquisitos- que si llegan a formarse multiplicarán el número de Estados. Parece “una operación superflua y económicamente desastrosa “ en el contexto de la federalización de Europa, que vería aumentada su burocracia. 

Contra esto solo podemos decir que hay un poder mayori forjado por la historia con el que podemos fundamentar las razones por las cuales tiene sentido defender una configuración identificable con la unidad de España. En este entero hace falta, como hace Bueno hacer una lectura histórica donde las razones nos llevan primero hacia la consideración de la estructura de España nación que se ha constituido con milenarios procesos que son paralelos a los de conformación de otras unidades políticas que cuentan , como España, con la condición de “naciones de naciones o a lo sumo de nación de identidades incluso nacionalistas  regionalistas. Argumento que fundamenta Bueno por la vinculación histórica de lazos sanguíneos o culturales que del pasado se han transferido al presente y que posan, como no, por la formación de una lengua común y la correspondiente cultura, burocratización e identidad colectiva superior que se crea con ella. 

Comprender la supeditación a la identidad española entonces corresponde más al patrimonio histórico “milenario”, como es el de la lengua española una de las únicas opciones en el marco nacional y Europeo que en palabras del riojano es una de las bases para evitar una pluralismo de naciones ibéricas y la balcanización de España. Lo mismo sucede con la cultura católica, pues seamos ateos existenciales o ateos esenciales no podemos ignorar la inherente cultura cristiana que se ha forjado con los 2021 años del cristianismo.  En este ámbito coincido con que en el contexto de expansión de las ideas globalistas-algunas de ellas antiespañolas- se debe entender el país como una unidad territorial y administrativa. En este sentido para los que piensan que su autonomía debería ser un Estado ya sea por razones históricas o por otras omiten la identificación milenaria y para ellos el  español solo sería una lengua de comunicación para con otros ciudadanos. Reducida ya a una lengua auxiliar o burocrática en lo que consideran lenguas oficiales de las “nacionalidades”. Independencia que por otro lado se realizará con criterios feudales incrementando el caciquismo y sadismo que los presidentes de estas hacen como presidentes en las unidades territoriales. En Cataluña y en otras regiones se exige que la lengua regional sea considerada como lengua obligatoria aun cuando haya quienes no la practiquen.  En conclusión, aceptar una segregación de alguna de sus partes autónomas no se dará si  el español se mantiene como primer idioma , aspecto dramático con tal apego histórico que se traslada a las aulas, de donde suponen que saldrá toda una troupe que tendrá como primer idioma el de el hipotético estado. 

Desde este punto de vista seguimos cometiendo errores: como recoge el artículo 155 (“Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones […] podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones..”)han , el poder central debería de haber sancionado a quienes .optado por imponer una lengua;sin embargo sus señorías del congreso ni se han planteado esto, como tampoco se han planteado prohibir los partidos separatistas..    Por no hablar de que las autonomías no asignan un mismo quantum legal a cada miembro de la comunidad política, pues el voto Catalán pesa mucho más que el de un extremeño, privilegio que su vez tampoco recoge la constitución. Errores arrastrados desde el 78. 

Sin embargo Bueno afirma que no tiene sentido defender la permanencia en España de las potencias sediciosas porque considera que llegados a tal punto , si llegan a constituirse, no tendría cabida el defender a “naciones futuribles” que defienden el antiespañolismo y el aborrecimiento a la lengua natural de España.Continuando en esa línea asegura que el hecho de autodeterminarse por independencia, lo mejor sería permitir ese abandono porque no considera aceptable esa idea -”metafísica” de España que  “alimenta” regionalismos aislacionistas o separatistas”.  Aquí entró en conflicto con Bueno, porque considero que si la sociedad ha llegado a tal extremo es porque ha sido engañada por unos sofistas burgueses que con un  discurso demagogo han llevado a un punto extremista el antiespañolismo que tanto les beneficia a sus señoría políticamente. Todo por falta de formación política, pues recordemos que  hasta en la Grecia antigua en el libro de filosofía política La República abordaba el tema sobre que la población no está lo suficientemente culturizada ni formada.  

Sin embargo, en el nuevo marco europeo de la Unión, si los secesionistas desean la independencia no debían ya preguntar al sujeto político español, que es la unidad que en todo caso debe decidir la independencia o no- pues cederle a una autonomía el que puedan elegir independientemente si se separan de estado español o no sería ya un hecho material de independencia-; sino que debe cuestionarse a Europa, la Europa Federal en la que se integra, puesto que como ciudadanos de tal no podrían separarse en este estado de biocenosis-término usado por Bueno- sin la aprobación democrática de los demás ciudadanos europeos. 

 

Para más Inri del mercado  político, “izquierda” y de “derecha” son  explicados por contraerlos a los valores del adversario,esto realizado en torno a los parámetros nacionalistas. Así en el estado de las autonomías se considera como izquierda política la defensa del nacionalismo, y por oponerse a la “derecha españolista”-en palabras de Bueno-, interpretando así la política de la democracia con la máxima de ser “enemigo de” o “contrario a”.Así asocian el españolismo o si cabe a la herencia franquista a la derecha que defiende la “unidad territorial” y a la izquierda por considerar la cesión de autonomía administrativa con nacionalismo.  Estos términos juegan con el magufismo para no identificar que este modelo para España no funciona. 

Aunque llamen autogobierno a el régimen que recoge el Título VIII, y ciñéndonos a lo que los griegos llamaban Democracia, España no es sino definitiva y objetivamente una Partitocracia escondida en la palabra democracia porque tanto en Madrid como en las sede de gobiernos autonómicos lo que gobiernan son partidos estatales o en sumo regionales, los cuales se ciñen a la disciplina de partido y no obedece al principio de representantes del pueblo originado por los filósofos ilustrados. Si bien esta definición del sistema político rompe con el artículo 152 del Título VIII, es la correcta acepción si nos regimos por el puritanismo metodológico y definitorio de la tan defenestrada palabra democracia que ahora no cumple su fundamento original: la libertad, así como su carácter y fines(Pol. vi, 1, 1317 a 38-40); y sobretodo la libertad colectiva de decisión política. Y no mencionemos la “Separación de poderes” en un poder jerarquizado donde el fiscal lo eligen los políticos.

 

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Bibliografía:  

-Bueno,Gustavo, 1997, “Diez propuestas, ‘desde la parte de España’, para el próximo Milenio” (1995),50 propuestas para el próximo milenio, Oviedo,pp 47-93. Actas de la conferencia organizada por la  Fundación de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo

-La Constitución española de 1978, Título VIII. De la Organización Territorial del Estado. Capítulo tercero. De las Comunidades Autónomas,(1978)

-Pol. vi, 1, 1317 a 38-40

-J. A. GONZALEZ CASANOVA, JOAN PAU RUBIÉS and GABRIEL DE RAMÓN i GRAU(DICIEMBRE 1986): “La España de las autonomías: problemas y soluciones”, El Ciervo 96, S.A.No. 430 , pp. 5-12. 

– TUDELA ARANDA,JOSÉ (2010)EL ESTADO AUTONÓMICO TREINTA AÑOS

DESPUÉS: ENSAYO DE UNA VALORACIÓN,Aragón, pp-3-5