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Ocho vocales del Consejo General del Poder Judicial tratan de forzar un Pleno ante la abolición del Estado de Derecho que implica la ley de amnistía de Sánchez

Redacción




«La declaración del Presidente del Gobierno en funciones justifica que el Consejo General del Poder Judicial emita su opinión mediante una declaración institucional, tanto más cuanto que también se ha hecho público que, pese a que el Gobierno de España se presenta como su promotor, la futura ley de amnistía se tramitará como proposición de ley, con lo que se eludirá, una vez más, la función consultiva de este Consejo en aspectos sobre los que la Ley Orgánica del Poder Judicial exige su intervención», advierten los ocho vocales firmantes.

«El Consejo General del Poder Judicial expresa con esta declaración su intensa preocupación y desolación por lo que esa medida supone de degradación, cuando no de abolición, del Estado de derecho en España, que a partir del momento en el que se adopte pasará a ser una mera proclama formal que inevitablemente tendrá que producir consecuencias en perjuicio del interés real de España».

Cualquiera que sea la justificación formal o aparente que se le quiera dar en el preámbulo de la futura ley, su motivación real ya ha quedado expresada, y más allá de la discusión sobre si realmente son constitucionalmente aceptables las amnistías para soslayar la prohibición constitucional de indultos generales, lo que en ningún caso cabe aceptar es una amnistía, y ni tan siquiera un indulto particular de los admitidos genéricamente por la Constitución, con el fundamento real expresado por el Presidente del Gobierno en funciones.

Confundir el «interés de España» con el interés del Presidente del Gobierno en funciones para evitar la hipotética formación de gobiernos de partidos de una ideología diferente a la suya es algo manifiestamente incompatible con la alternancia política, ínsita en el principio básico de pluralismo político que, según el artículo 1 de nuestra Constitución, es un valor superior de nuestro ordenamiento jurídico. Pero hacerlo exceptuando la aplicación de la ley para impedir la acción en curso de los tribunales o dejar sin efecto la que ya se hubiese producido mediante sentencias firmes, convirtiendo en papel mojado esas sentencias, es algo rotundamente incompatible con el principio de Estado de derecho en el que, nuevamente según el artículo 1 de nuestra Constitución, se quiso constituir España y efectivamente se constituyó… al menos hasta ahora.

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Y este Consejo General del Poder Judicial insiste en que ello es así incluso al margen del debate general sobre la viabilidad, que negamos, de las amnistías en el marco de nuestra Constitución.

Primero, porque no es compatible con el principio de Estado de derecho proclamado por el artículo 1 de nuestra Constitución, y ni tan siquiera con el principio de responsabilidad de los poderes públicos al que se refiere su artículo 9.3, que los responsables políticos queden exentos de responder de sus delitos ante los tribunales, cualquiera que sea la naturaleza de sus delitos, para que un aspirante a Presidente del Gobierno pueda conseguir el beneficio personal y político de impedir el gobierno de otras fuerzas políticas o, expresado por su reverso, para poder mantenerse en el gobierno. Ello supone degradar y convertir nuestro Estado de derecho en objeto de mercadeo al servicio del interés personal que pretende presentarse, desde el rechazo al pluralismo político, como el «interés de España».

Segundo, porque supone generar una casta jurídicamente irresponsable e impune por sus delitos lo que, con no justificarse en ningún fin constitucionalmente legítimo, supone contravenir no ya el principio de responsabilidad de los poderes públicos, sino incluso el más elemental principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley que proclama el artículo 14 de la Constitución.

Tercero, porque se violenta la independencia de los tribunales en su aspecto más básico: si la independencia es el instrumento necesario para que los tribunales puedan actuar con neutralidad y garantizar, mediante la efectividad de sus decisiones, el principio de seguridad jurídica, mal puede hablarse de independencia ni de seguridad jurídica cuando unas fuerzas políticas utilizan las leyes en su beneficio para impedir la acción de los tribunales. La enormidad de las consecuencias de lo que se ha anunciado por el Presidente del Gobierno en funciones es que convierte la independencia de los tribunales y la seguridad jurídica, la justicia en suma, en una quimera.

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Y por último, este Consejo General del Poder Judicial no puede dejar de señalar que lo que se violenta con la medida anunciada por el Presidente del Gobierno no sólo es la Constitución con la que nos dotamos los españoles como marco de convivencia, sino también los compromiso asumidos por España en los artículos 2 y 19 del Tratado de la Unión Europea para que en todo momento prevalezcan los principios de Estado de derecho e independencia judicial. El riesgo de que llegue el momento en el que la Unión Europea decida no ser la coartada de un Estado que no cumple con sus principios debiera estar muy presente, en este momento crítico, en la previsión de quienes pretendan realmente actuar en el «interés de España».