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Jesús Muñoz pone en su sitio a la feminista de bote Cruz Sánchez de Lara

Redacción




Jesús Muñoz.

El pasado día 24 de enero, Cruz Sánchez de Lara aprovechando que ahora está casada con un periodista en decadencia, que no para de perder accionistas y fondos del periódico El Español, que su mayor accionista, Carlos Mattos quiere salirse del accionariado del periódico y llevarse los 800.000€ que puso, y que por eso y no por otra cosa, entró Cruz Sánchez de Lara en el Español.

Este diario, se ha convertido con el paso del tiempo en un panfleto feminista, ya que sabes, que es la única vía que tienes como abogada feminista, para dar cabida a los delirios de femiprogre y lanzar al viento aquello que le pasa a una por la la cabeza.

Sánchez has escrito un artículo con tanta demagogia, mezquindad y tanta mentira, que no queda más remedio, no solo que contestarte, sino que ponerte en su sitio.

Hay que recordarte querida Sánchez, que tienes a tus espaldas un  caso en el que participaste y que hubo denuncias de falso maltrato, manipulación de documentos, presentación de testigos falsos, falsificación de documentos bancarios, presentación de informes médicos falsificados, presentación de informes psicológicos falsos, así como la agradable sensación para mí, de haberte sentado en el banquillo, y haberte tenido imputada, algo de lo que te has librado y lo sabes muy bien, que no ha sido porque seas inocente, ya que solamente has conseguido un archivo temporal, que si sabes contar, todavía no ha prescrito, sino porque de manera sibilina se han movido los hilos corruptos de la injusticia, de la podredumbre, y la corrupción de las conexiones, que algunos tienen. Me dicen las malas lenguas, que alguien allegado,  con un pasado en la Audiencia Nacional pudiera ser la mano negra.

Jesús Muñoz.

Deberías explicar al resto de la sociedad, como se consigue, y oye Cruz, que no digo que la hayas hecho tú, sino que me gustaría saber cómo se cambia al Juez ponente de la Audiencia Provincial de Madrid, y cambiarlo en varias ocasiones en menos de seis meses. A eso le llamo yo tener mucha suerte, o tener muy buenos amigos…

Es hiriente, según me han hecho llegar varias mujeres maltratadas, que alguien como tú, se erija en representación de las víctimas de maltrato, con tus antecedentes y con los escándalos que te han precedido.

No voy a reproducir las palabras, y exabruptos que se me han hecho llegar, por parte de letrados, víctimas, y por qué no decirlo, de algunos que otros jueces y fiscales que han conocido mi caso, y que te han visto y conocido en las imágenes de los vídeos, y reportajes que a lo largo y ancho de la prensa, te han sacado con tus bonitos trajes de pasarela. No dan crédito a que alguien como tú, haga un artículo como ese. Dicen “hay que tener mucho cuajo”.

Yolanda Corchado.

En tu artículo Sánchez dices que no se debe negar la realidad de la violencia de género, y yo te contesto, que sólo hacen falta dos abogadas como tú, y tu amiguita Yolanda Corchado, para negar la mayor, es decir, que la violencia de género es un fraude, una industria del que muchos despachos abogadas se hayan aprovechado para tener cinco minutitos de gloria con las feministas de turno.

Sólo a alguien como tú, se le pasaría por la cabeza, interponer siete denuncias de falso maltrato, en un solo caso, siendo Directora Jurídica del Área de Violencia de Genero de la Federación de Mujeres Progresistas, y por tanto cobrando un sueldo de las arcas públicas, dinero que te dieron gracias al gobierno del PSOE, de ZP, Carmen Calvo o María Teresa Fernández de la Vega (curiosamente ninguna de estas dos, se presentó a la votación de la ley estrella 1/2004, ya que se ausentaron, según consta en el acta de votación del Congreso de los Diputados), López Aguilar, etc…..

Te lanzas a las hordas feministas, con mensajes populistas, del más rancio Podemos, o de tu amiguito, el nuevo femiprogre Albertito Rivera, con el que te codeabas, gracias a la relación que mantenías con su hasta hace cuatro días pareja María Tajuelo,  pero ya están separados. No sé si debemos pensar que los delirios feministas Albert Rivera, han sido ocasionados, por alguna posible cena entre amigos, en la que tuviste charlas en la casita de Pedro J, con Tajuelo y Riverita.

Llegas a decir barbaridades y tonterías, propias de ignorante, lanzando al viento, que quienes pedimos la derogación de esta ley nazi LIVG, es porque se producen detenciones inmediatas del denunciado. Hay que ser ignorante o irresponsable para hacer una afirmación de este calibre.

Esta ley es digna de derogación porque nació con más de 150 recursos de inconstitucionalidad, porque nació con el informe en contra del propio CGPJ, porque tuvo cinco de los doce votos del TC en contra, entre ellos se hacía alusión a que esta ley haría los delirios, grandezas y sueños del jurista nazi Mezger, según reza en la sentencia 59/2008, de 14 de mayo, ECLI:ES:TC:2008:59, cuyos componentes del tribunal constitucional lo formaban:

El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Roberto García-Calvo y Montiel, don Eugeni Gay Montalvo, don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado.

Huelga decir, que también María Emilia es lastrada por los escándalos y que fue impuesta por José Luis Rodríguez Zapatero para que saliera adelante la ley 1/2004.

La ultrafeminista María Emilia Casas como Presidenta del Tribunal Constitucional fue grabada por la Guardia Civil, intentando ayudar a una asesina condenada 24 años de prisión por haber matado a su marido, el mismo día que obtuvo éste, la sentencia de custodia, como padre, y que está asesina decidió quitarle del medio que lo intentó hasta en cinco ocasiones con dos sicarios y al fin lo consiguió, cuando su ex marido salía de la puerta del garaje de su casa.

Está asesina, es la abogada Dolores Martín y el diario, El País, El Confidencial y El Mundo sacaron la luz la grabación interceptada por la Benemérita en la que María Emilia Casas y Dolores Martín intercambiaron palabras.

María Emilia siendo Presidenta del TC, le ofreció la posibilidad de ayudarla cuando su recurso pasase al TC, mientras tanto le prestaba la ayuda, y daba los teléfonos, de Enriqueta Chicano y Cruz Sánchez de Lara Sorzano, tu teléfono, ambas aparecéis en los medios, con las iniciales E.C y C.S, ¿qué casualidades tiene la vida verdad?

Pues bien, el magistrado José Rodríguez-Zapata Pérez, debido al interés de este voto, a continuación reproduzco de manera parcial, pero que pueden leer íntegramente, pinchado aquí:

  1. Voto particular que formula el Magistrado D. Jorge Rodríguez-Zapata Pérez a la Sentencia del Pleno que resuelve la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5939-2005, sobre el art. 153.1 del Código penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.

Nuestra cultura jurídica se asienta en buena medida en principios forjados por la Revolución francesa. El art. 1 de la Declaración de derechos del hombre y del ciudadano de 26 de agosto de 1789 proclama que “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos”; su art. 6 declara que “La ley es la expresión de la voluntad general … Debe ser igual para todos, tanto cuando proteja como cuando castigue. Todos los ciudadanos son iguales ante sus ojos”; y su art. 9 añade, en fin, que “todo hombre se presume inocente mientras no sea declarado culpable”.

Estos principios son reconocibles en la Constitución española, cuyo art. 10.1 destaca la dignidad de la persona como fundamento de nuestro sistema constitucional; el art. 14 consagra el principio/derecho de igualdad; y el art. 24.2 reconoce el derecho a la presunción de inocencia.

¿Respeta estos principios el primer inciso del art. 153.1 del Código penal? La posición que expreso en el presente Voto particular exige diferenciar tres niveles de enjuiciamiento, referidos a la compatibilidad de la Constitución con una sanción agravada de la violencia de género, la constitucionalidad de la concreta fórmula empleada por el legislador en el art. 153.1 CP y los fundamentos que acoge la Sentencia para declarar la constitucionalidad del precepto cuestionado.

El magistrado sigue desarrollando varios puntos hasta llegar al número siete donde dice lo siguiente:

  1. Expreso, por último, mi deseo de que esta Sentencia no marque el inicio en nuestro ordenamiento del cumplimiento del sueño de Mezger: dos Derechos penales; un Derecho penal para la generalidad, en el que, en esencia, seguirán vigentes los principios que han regido hasta ahora. Y, junto a él, un Derecho penal completamente diferente, para grupos especiales de determinadas personas.

Dejo constancia de mi posición en este Voto.

Siguiendo con tu panfleto feminista dices, que se aprovecha una crisis política, económica o religiosa para que la sociedad olvide a las mujeres asesinadas. Fuiste tú la primera que pusiste en tela de juicio todo el sistema.

He recordarte que llegaste a presentar un escrito en el que manipulasteis otro del Centro Atención a la Infancia. Como seguramente tendrás lapsus de memoria feminista, no me queda más remedio que recordarte tus propias palabras plasmadas en el escrito presentado y firmado por ti

En la página cinco del escrito, llegas a decir sin ningún pudor, ni vergüenza y como no, mintiendo, pero vamos, lo habitual en ti, que tienes en tu poder unos informes que corroboraron que tanto el punto de encuentro, que ni siquiera se llegó a personar en el procedimiento, ni aportó una sola prueba, y que el Centro de Atención a la Infancia 7, te habían hecho llegar unos informes, por lo que te viste obligada a solicitar LA SUPRESIÓN no solamente del régimen de visitas, sino que llegaste alegar que era lo mejor para la salud mental de mi hijo Óscar.

Dejaste por escrito las huellas de tu mentira, diciendo lo siguiente:

“Los distintos profesionales que atienden al menor, tanto del punto de encuentro familiar, como del centro atención a la familia, así lo aconsejan.

Se fundamentan en el bienestar del menor, toda vez que la situación que actualmente vive, es perjudicial para su desarrollo y estabilidad psicológica.

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El desinterés que el demandado está manifestando en realizar las visitas a su hijo Oscar, provoca en éste una total desilusión y frustración.

Consideramos que la actitud del Sr. Muñoz de expresar esta voluntad en todos los lugares que tiene contacto con su hijo, y no hacerlo por la vía oficial, es decir, a través del juzgado, tiene un único fin, el seguir intentando a mi mandante. Su resistencia manifestar su voluntad por los cauces establecidos en derecho, no tiene otro motivo que de incomodar a Doña Beatriz, coaccionándola seguir acudiendo al punto de encuentro por miedo a que, de no hacerlo así, inicie de nuevo la interposición de continuas denuncias contra ella”.

Lo que tú nunca has contado Cruz es que tu clienta fue condenada por 45 incumplimientos de régimen de visitas en tan solo un año y medio, además como bien dice el informe psicológico del juzgado de familia 24, y el propio punto de encuentro de APROME del Ayto de Madrid, según refirió tu clienta Beatriz Caniego, fuisteis vosotras Cruz y Yolanda, las que asesorasteis para que no entregara al niño.

Ahora queda decirte, lo que el informe del Centro Atención a la Infancia nº 7 dijo, de Yolanda y de ti, tú ya lo sabes, pero el resto no……..

“Escrito con número de expediente CAI VII: 69/07 de fecha 22 de mayo del 2008, dice así:

Con fecha 22 de mayo del 2008, Don Jesús Muñoz, se pone en contacto telefónico con el equipo técnico número 2, del CAI 7. El motivo de esta llamada es informar que ha recibido por parte de su abogado una célula de citación, ante el juzgado de violencia sobre la mujer número cuatro de Madrid, en el que aparece escrito por parte de las abogadas de Doña Beatriz Caniego, en el punto (citado textualmente):

Respecto a lo referente en el párrafo anterior (en referencia al escrito presentado por Cruz y Yolanda) el CAI siete manifiesta lo siguiente:

-No se indicó a Don Jesús Muñoz, que deje de asistir a las visitas acordadas en el punto de encuentro del menor.

-Don Jesús Muñoz, no ha referido al equipo técnico del CAI nunca que la decisión tomada, de dejar de ver al niño tuviera carácter indefinido.

Por consiguiente, el equipo técnico no ha notificado, ni informado a ninguna persona, ni institución, que el padre haya tomado la decisión de no ver al menor de manera indefinida en el punto de encuentro.

El CAI nunca ha aconsejado a la madre Doña Beatriz Caniego que solicitará la supresión del régimen de visitas del padre, porque además este equipo no valora que la suspensión de las visitas suponga un bienestar para el menor. Por consiguiente desde este equipo se quiere hacer mención a que este tipo de malentendidos va en detrimento de una atención adecuada para el menor por parte de los padres”.

Como ves Sánchez, es fácil dejarte por mentirosa. Lo que hice fue simplemente tomar una medida de seguridad por el bienestar de mi familia, por las constantes amenazas, coacciones, agresiones que sufríamos tanto los testigos como la familia, así como yo mismo, además de las denuncias y querellas que tu me interponías.

Aquí hay que señalar que la decisión de dejar de ver a Óscar temporalmente, es porque tú clienta y su familia me agredieron y me rompieron el labio, hechos por los que fue condenada Beatriz Caniego Ruíz en el juzgado penal nº 16 de Madrid.

Tu clienta y su familia amenazaron y zarandearon a mi mujer actual y a mis hijos con tan solo seis meses, en el interior del coche, mientras yo estaba en el interior del punto de encuentro, en una fría noche de invierno.

Tu clienta y su familia agredieron a mi madre, golpeándola fuertemente, hechos por los que mi madre actualmente todavía, lleva una placa y 8 tornillos en uno de sus piernas.

Tu clienta y su familia indujeron a mi hijo con 3 añitos a que no comiera nada cuando estuviera conmigo, tu clienta y su familia, le lavaron la cabeza a mi hijo Óscar, para que a su abuelo paterno, es decir, mi padre, le llamara leproso, porque tenía vitíligo en la piel.

Tu clienta y su familia destrozaron psicológicamente a mi hijo Óscar, y le animaron para que a mi madre le pegara en la pierna operada, porque así cuando llegara a casa, sus abuelos maternos, le compraban chuches y helados.

Eso y mucho más, que cuesta reproducir, es lo es lo que tú feminista de bote, defendías, con dinero público de la Federación de Mujeres Progresistas, esa misma federación de la que fue Presidenta la que ahora parece ser que empieza a ser investigada tu amiguita del alma, y Presidenta de Honor de la federación la nada más y nada menos, que miembro del Tribunal de Cuentas Enriqueta Chicano.

El feminismo que defiendes, del que te has valido es el que quedó acreditado, en la grabación que te hice en tu despacho, y que ya conoce media España.

Ese feminismo del que haces gala, es el que ha hecho aumentar el número de suicidios en los hombres desde el año 2004.  El 71% de los suicidios en hombres son ocasionados por denuncias de violencia de género, o por procesos abusivos de separación en los que dejáis a los hombres al pie de los caballos, y prácticamente en la indigencia, como queda acreditado en la grabación, que es lo que tú querías hacer conmigo.

Eres tan mediocre, y tienes tan poca transparencia, tu imagen ha sido destrozada y tienes tan poca aceptación social, que tus videos apenas tienen 400 visitas, muestra de ello, es que intentando lavar tu imagen, hablando nada más y nada menos, que de ética profesional, te plantas ante las cámaras de la amiguita de turno, para que te haga una entrevista chupiguay.

Tú fuiste una de las abanderadas de este feminismo, diciendo que una sola muerta justificaba la implantación de esta ley. Ahora te atreves a decir “que son poquísimos los investigados por malos tratos que esperan en prisión provisional la celebración del juicio”.

Lo pones a huevo hija, un solo hombre inocente detenido, procesado, y recluido en prisión provisional, justifica la derogación de esta ley nazi.

Con tan solo mi caso, tú Sánchez y los 9 imputados, deberíais estar en prisión, pero tú ya sabes, cómo funciona esta justicia de esta Españistán.

Tienes el descaro de decir  “….en el protocolo policial, ni siquiera se prescribe la detención, aunque al ser potestativa, los agentes de policía hacen la valoración del riesgo y son quienes deciden aplicarla”.

He de decirte que más del 80% de las detenciones por violencia de género, son detenciones ilegales, que no cumplen los protocolos policiales, como la Instrucción 5/2008 de SES, o la Norma Técnica 1/2008 de la Dirección General de la Guardia Civil. Te diré el único caso conocido en el que se aplico, el de tu amigo socialista, López Aguilar, casualmente aforado, y en cuyo caso toda las femiprogres, dijisteis esta vez sí, era una denuncia falsa.

Precisamente tú, que de nuevo te vuelvo recordar tus palabras en tu segunda denuncia de 23 de mayo del 2006, el mismo día que el Ministerio Fiscal y el magistrado del Juzgado de Violencia de Género nº 4, deniegan la orden de protección que te pediste porque quedaba claro que todo era una pantomima para quedaros con la custodia de mi hijo.

Ese mismo día 23 de mayo de 2006, presentas junto con Yolanda, una segunda denuncia redactada por ambas, que en la página cuatro dice así:

“…….su hermana Rosa Caniego Ruiz, quien le acompañó la comisaría de policía de Ventas a presentar la denuncia correspondiente.

Dicha denuncia finalmente nunca fue tramitada. Doña Beatriz dado el estado anímico que sufría, la confusión y el miedo a las represalias de Don Jesús, decidió no presentarla. En la propia comisaría, los agentes le animaron a no hacerlo, debido las consecuencias que este hecho pudiera tener en el terreno profesional del denunciado………..”.

Ahora vamos al texto de la denuncia de tu clienta de puño y letra, de 19 mayo del 2006, que a la página 3, es decir cuatro días antes, cuando fue llamada a declarar, como imputada por haberme roto el labio de un puñetazo, al intentar ver a mi hijo Óscar, después de que vosotras le dijerais que me impidiera ver al niño y así estuve cuatro meses, hasta que intenté verlo en la guardería, que fue cuando Beatriz Caniego me agredió.

Ambas abogadas y clienta decidieron ir al juzgado de guardia a presentar la primera denuncia de malos tratos, ¿Saben lo que decía esa denuncia en referencia este mismo hecho, de puño y letra de Beatriz Caniego?:

“……. llamé a mi hermana Rosa Caniego Ruiz y nos dirigimos a formular denuncia en la Comisaria de Ventas. Mi confusión en aquel momento y mis deseos de no provocar más problemas, me hizo optar por la decisión equivocada y no llegue a formular denuncia”.

Esta abogada, Cruz Sánchez de Lara, es la que decía que la Policía Nacional de Ventas, recomendaba a las mujeres maltratadas, no denunciar situaciones de violencia de género, porque claro, los policías se ponían de parte del denunciado porque le podría repercutir profesionalmente.

Díganme ustedes si esto es propio de una letrada que dice tener dignidad, honor, ética profesional y defender a las víctimas del maltrato. Imagínense la cara del juez cuando lee esto, en la denuncia redactada por la letrada Cruz Sánchez de Lara Sorzano y Yolanda Corchado Gómez.

Otra frase de este mito feminista, dicho sea de paso, es lo que ella se cree, lo siguiente:

“Calcular las denuncias falsas como la diferencia entre las denuncias interpuestas y las condenas es una falacia”.

Las denuncias falsas, son las que tus amigas incrustadas en el observatorio de violencia de género del CGPJ, dicen a los jueces cuáles son las denuncias falsas que investigar y cuáles no. Indudablemente no toda denunciada de archivo, es una denuncia falsa, pero siete denuncias, cuyo denunciado obtuvo la libre absolución por fundado uso espurio, sí son denuncias falsas. Que salieras corriendo del Juzgado manifestando, no pienso recurrir la sentencia, demuestra que son denuncias falsas.

Presentar un informe médico falsificado de una Dr.ª de la seguridad social, mandado por fax desde el despacho de la directora de comunicación de BMW España, cuya directora casualmente Rosa Caniego Ruiz, hermana de mi expareja, al juzgado de violencia de género número cuatro, demuestran que son denuncias falsas.

Denunciar amenazas de muerte, en la puerta del punto de encuentro a Beatriz Caniego , cuando yo estaba a 100 km de Madrid, en un funeral de un compañero de trabajo, acreditado en sala, demuestra que son denuncias falsas.

Cuando presentas un informe manipulado de mi propia cuenta particular, y pretendes hacerlo pasar como que es una cuenta de Beatriz Caniego, mi expareja, y yo demuestro que esa cuenta bancaria es mía, presentando la cartilla original, eso se llama falsedad documental y denuncia falsa.

¿Es que no recuerdas la cara del juez, y vuestras propias caras, cuando el Magistrado pregunta, de dónde han sacado ustedes el documento bancario que han presentado, y tú no haces más que tartamudear al igual que tu clienta? Y lo mejor de todo, que tu clienta dijo que fuisteis vosotras…………

Llegas a plantear una cuenta aritmética para terminar con el bulo de las denuncias falsas. No pienso permitir que ni tú, ni nadie siga engañando a la sociedad y voy a contar de dónde sacáis el 0,01%.

Desde el año 2004 al año 2018 se han interpuesto 1.750.000 denuncias, de las que el 80% han terminado en archivo y absolución. El 20% restante son condenas, de estas el 12% son conformidades, es decir, gente que es condenada sin llegar a juicio, por la extorsión e ilegalidad que comete el ministerio fiscal, con el famoso….. Dígale a su cliente que acepte xx meses de condena, o le llevó a juicio y se enfrenta a años de prisión, con lo cual el abogado del turno de oficio, acojona al cliente y éste firma la conformidad. Ya tenemos una condenita más las estadísticas feministas.

El 8% restante, son condenas por casos muy graves, pero claro Sánchez, tu no cuentas no sé si por desconocimiento o por mala fe, que ese 8% de condenas por casos muy graves, según el estudio del CGPJ, dice que alrededor del 33,8% de las condenas se consiguen con la mera declaración de la denunciante, sin ningún tipo de prueba, testigos, un parte médico que corrobore su versión, según consta a la página 64 del siguiente estudio:

ESTUDIO SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO POR LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES.

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Pues bien, el número de denuncias falsas, con el que se engaña a la sociedad, se obtienen del famoso estudio que hizo el observatorio, en base a 500 sentencias, que estos irresponsables jueces pensaron que era una muestra suficiente del total de denuncias que rondan las 130.000-140.000 de media anuales.

El 0,01% salen de las deducciones de testimonio que impide la fiscalía, ante las 224 de media que pide al año, y de las que terminan condenando en el 11%. Como tú eres de letras y no de ciencias, explicaré que al porcentual los ceros pasan a la izquierda, por tanto tenemos el 0,01%, y efectivamente es un 0,01% de denuncias falsas condenadas, pero de las 224 deducciones de testimonio, anuales, no de las 130.000 denuncias interpuestas, y menos del 1.750.000 denuncias totales en los últimos catorce años. Y así es como hacéis la trampa haciendo ver a la sociedad, que hay un 0,01% de denuncias falsas del total de denuncias interpuestas, y eso es FALSO. Lo que me pregunto, es porque no se investigan el 80% de archivos y absoluciones porque con que solamente haya un 50% de denuncias falsas, del total de archivos y absoluciones, estamos hablando de más de 900.000 denuncias falsas que han procesado a miles y miles de hombres inocentes con dinero público. Eso es el sueño de Mezger.

Que un estudio del CGPJ, quiera hacer ver que con 500 sentencias, sea un estudio representativo de 130.000 denuncias anuales, es como que un ladrillo represente la estructura de un rascacielos.

Estudio del CGPJ sobre las denuncias por violencia de género: http://www.poderjudicial.es/stfls/SAL…

Dice:

De esas 500 sentencias, según la pág. siete del informe que dice así:

“…. para determinar el tamaño de la muestra del informe, de manera que la selección a realizar ofrecía mayor nivel de confianza, se estimó que la muestra de 500 sentencias era suficientemente representativa salidas de las audiencias provinciales”.

“De esos 500 casos, 300 eran apelaciones y los 200 casos restantes eran casos graves juzgados directamente en la Audiencia Provincial”.

“Como es sabido, la prueba de los hechos que configurar el delito de violencia de género no es fácil, puesto verbalmente se desarrollan en la más estricta intimidad del ámbito familiar, sin testigos directos que los presencien y corroboren y de los que solamente pueden tener conocimiento cierto, las partes implicadas, esto es, la víctima y su agresor; de ahí la especial trascendencia del testimonio de la perjudicada como prueba fundamental para alcanzar una conclusión designó incriminatorio”.

“es de destacar que la declaración de la víctima, según constante jurisprudencia del TS, puede ser por sí sola, suficiente como prueba de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado……… ”

Así se avisaba con la sentencia del Tribunal Supremo 2920/2001 que dice:

“Como ha señalado reiteradamente esta sala un grave riesgo para el derecho constitucional de presunción de inocencia se produce cuando la única prueba de cargo viene constituida por la declaración de la supuesta víctima delito. El riesgo se incrementa si la víctima es que inició el proceso, mediante la correspondiente denuncia o querella, haciéndose más acentuado si no hubiese otro más que el suyo, constituye parte ejercitando la acusación particular, pues en tal caso se constituye en única prueba de la acusación el propio acusador. Basta con formular la acusación y sostener la juicio, para desplazar aparentemente la carga de la prueba sobre el acusado, obligándole a ser el quien demuestre su inocencia, frente a una prueba de cargo integrada únicamente por la palabra de quién le acusa”.

Otra sentencia más del Supremo en la misma línea es la 4144/2015:

“Esta sala viene declarando de manera constante y reiterada que el testimonio de la víctima, aunque no hubiese y otro más que el suyo, cuando no existen razones objetivas que invalide sus afirmaciones o provoquen dudas en el juzgador impidiéndole formar su convicción en consecuencia, es considerado acto para destruir la presunción inocencia, siempre que se analice su testimonio conforme a los criterios que ha construido nuestra jurisprudencia de forma reiterada y que son: Ausencia de credibilidad subjetiva, Verosimilitud y Persistencia incriminación”.

Otra perro flautada feminista es:

La punta del iceberg son las mujeres asesinadas, pero no se oyen los gritos de las que lo serán este año y el siguiente”.

Yo me pregunto cuántas mujeres se hubieran salvado con el dinero público que tú malgastaste durante seis años, en una instrucción absurda, surrealista, deleznable, y llena de toda mala praxis profesional que un letrado pude llegar a cometer. ¿Alguna vez has calculado el dinero público que hemos pagado por la instrucción que llevaste, con las pruebas falsas y manipuladas, con testigos falsos del caso, 580/06, defendiendo a Beatriz Caniego Ruiz?

Podrías describir cómo te sentiste, cuando presentaste siete denuncias de falso maltrato, o cuando querías acreditar que yo había dejado sentado en una silla de ruedas a un sinvergüenza, al que jamás había tocado, ni puesto la mano encima, pero que tú y tu amiga Yolanda Corchado, llegasteis a presentar en un Juzgado en silla de ruedas y muletas, simulando una brutal agresión por mi parte? ¿Qué sensación tuviste cuando se mostró el vídeo del detective que contraté, demostrando que quince días antes de declarar en sala, fue grabado por estos detectives andando con mi hijo por la calle, y llevando en brazos cuando éste, ya pesaba 9 kilos? ¿Sigues siendo feminista, y representante de mujeres víctimas de maltrato?

Recuerdo que querías esconderte bajo la mesa del Juzgado.

En un acto de vil, demostrando lo cobarde que eres, y en un acto de poca catadura moral, hasta manifestaste en sala, como imputada, que tu no tenías conocimiento del procedimiento civil, puesto que no llegaste a redactar ninguna demanda en el tema de la guarda y custodia. He de decirte, que mientes, mientes y mientes, que eres una mentirosa compulsiva, porque la demanda civil, de 1 de febrero del 2006 con número de procedimiento 216/06 del juzgado de familia 24 fue redactada, y firmada por Cruz Sánchez de Lara Sorzano, fue presentada 4 meses antes de la primera denuncia de violencia de género, y un mes antes de que yo te grabará en tu despacho. ¿Qué credibilidad puede tener una persona como tú, ante tanta mentira contada?

Ahora abogas “por romper la demagogia, que lo que falla es igualar los mecanismos necesarios del nivel de protección de las personas, sin negar lo evidente, lo plausible, lo indiscutible, a no crear dos bandos y una guerra. Y solamente debe haber un bando con un fin común acabar con el problema”.

Joder qué bonitas palabras, de una irresponsable como tú, que viniste a mi vida, jodiste mi familia, jodiste a mi hijo y me jodiste a mí. Tú viniste a crearme una guerra, viniste separarme de mi hijo, me calumniaste, me injuriaste, atacaste lo más sagrado de mi vida, mi propia familia, soñabas  con meter un inocente en la cárcel, y por el camino, perdiste batalla, tras batalla, y te convertiste en víctima de tu propia avaricia, de tu propia irresponsabilidad.

Pedro J Ramírez y Cruz Sánchez de Lara en el teatro Mariinski de San Petersburgo.

Ya no te tienen en cuenta ni en las escuelas de formación de policía, ya no formas en ideología de género a nadie, has tenido que refugiarte en el ambiente social de tu marido Pedro J, porque has hecho daño y tanta gente, que muchos esperan la oportunidad de devolverte lo que tú le has hecho. Mi recomendación, es que dejes las tonterías del feminismo, que te dediques a los derechos humanos, en tu fundación THRibune.org, que viajes mucho por el mundo con tu marido, y dejes la ideología de género, las mujeres maltratadas, y sobre todo la defensa de las víctimas, a los que realmente sabemos y luchamos por esas victimas, y nos desvivimos porque ni una víctima más, sufra maltrato, o una denuncia falsa. Mantén tu periódico a flote, que creo que bastante tienes con ese marrón.