Redacción.
Reproducimos a continuación los artículos del Código Penal iraní referidos a la homosexualidad:
Artículo 108: Lavat (sodomía) es un acto de concurrencia entre hombres, ya sea en la forma de penetración o de frotamiento del pene contra las cadenas del otro.
Artículo 109: Ambas partes intervinientes en el lavat, activa y pasiva, están sujetos a hadd (castigo).
Artículo 110: El castigo para la sodomía, cuando la penetración se ha producido, es la muerte, y el método de ejecución quedará a elección del juez de la sharía.
Artículo 111: La sodomía se castiga con la muerte tanto para el hombre activo como para el pasivo, cuando sean adultos, en uso de sus facultades mentales y hayan actuado libremente.
Articulo 112: Si un hombre adulto comete un acto de sodomía con un menor, el hombre activo adulto será ejecutado, y el pasivo (menor) recibirá 74 latigazos, salvo que haya sido forzado.
Artículo 113: Cuando un menor cometa un acto de sodomía (ya sea con penetración o frotamiento o actos similares) con otro menor, ambos recibirán 74 latigazos, a menos que alguno de ellos haya sido forzado.
Artículo 114: El crimen de sodomía quedará probado por la confesión repetida 4 veces ante el juez de la sharía.
Artículo 115: Con menos de 4 confesiones no se incurrirá en el crimen y la persona que confiese será castigada a discreción del juez.
Articulo 116: La confesión es válida cuando el que confiesa es maduro, en uso de sus facultades mentales y con libre voluntad e intención.
Artículo 117: El crimen de sodomía se prueba con el testimonio de 4 hombres justos que hayan sido testigos del acto.
Artículo 118: El crimen de sodomía no queda probado con el testimonio de menos de 4 hombres justos y los testigos serán castigados por calumnias.
Artículo 119: El testimonio de mujeres solas, o conjuntamente con hombres, no prueba el crimen de sodomía.
Artículo 120: El juez de la sharía podrá emitir un veredicto basándose en el conocimiento que ha adquirido mediante métodos generalmente aceptados (por ejemplo, sus deducciones y exámenes).
Artículo 121: El crimen de frotamiento y actos similares entre hombres, sin penetración, será castigado con 100 latigazos para cada parte interviniente en el acto.
Nota al artículo 121: Si la parte activa es no-musulmán y la pasiva es un musulmán, el castigo para el activo será la muerte.
Artículo 122: Si los frotamientos y actos similares son repetidos 3 veces, y cada ocasión ha sido castigada, en la cuarta ofensa se aplicará el castigo de muerte.
Artículo 123: Si dos hombres, no relacionados por parentesco el uno con el otro, yacen desnudos en la misma cobija, cada uno será castigado con hasta 99 latigazos.
Artículo 124: Si un hombre besa a otro con intención lasciva será castigado con hasta 60 latigazos.