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Parado, no te fíes de las oficinas del INEM

Redacción




Oficina del INEM. /Foto: gsmspain.com.
Oficina del INEM. /Foto: gsmspain.com.

Un buen amigo mío, ya sesentón, tras haber trabajado muchos años en la función pública, pero siempre como contratado temporal, interino, personal eventual, etc., es decir, con el culo al aire, al final se vio en el paro, como consecuencia de la reducción del empleo público precario, que dicho sea de paso, es el único que se ha podido disminuir, pues a los funcionarios de carrera no hay Dios que pueda echarles.

Tras estar varios años en el paro (una persona de 60 años está ya “muerta”, laboralmente hablando), un amigo le propuso hacer unas tutorías en una universidad privada, un solo día a la semana, seis horas…

Como estaba cobrando el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, pues tiene más de 35 años cotizados a la seguridad social, con lo cual sólo le falta la edad para poderse jubilar, pidió hora en la Oficina del INEM correspondiente, donde expuso el caso a la funcionaria, contratada o enchufada de turno.

Esta señora o señorita le dijo que no había ningún problema, siempre y cuándo por esa actividad no recibiera ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, entregándole un tríptico donde dice muy claramente que los ingresos del subsidio son compatibles “con rentas de cualquier naturaleza”, siempre y cuando no superen el 75% del SMI, repito. Y que, además, en su caso, como tenía un convenio especial con la seguridad social para mejorar su pensión futura, ese importe que pagaba (alrededor de 300 euros al mes), eran deducibles de los ingresos que recibiera.

También le comentó que al año siguiente, cuando presentara la declaración anual de la renta, se le deduciría de la prestación los días trabajados por esas tutorías o charlas a los estudiantes universitarias.

Pero cual fue su sorpresa cuando al año siguiente la funcionaría, contratada o enchufada que le atendió (y digo esto porque la mitad de los trabajadores del INEM son también personal precario), le explicó, de muy malos modos, y como si mi amigo fuera un Bárcenas cualquiera, “que iba a dar cuenta a la Inspección de Trabajo”, para que le quitaran la prestación, o le sancionaran.

El asunto cayó en manos de una Subinspectora de Empleo y Seguridad Social, procedente de la antigua Escala de Controladores Laborales, a la que se podía acceder siendo funcionario del INEM, con la simple posesión de una licenciatura o diplomatura universitaria, dicho sea de paso, pues se trataba de un colectivo creado para luchar contra el fraude en el desempleo y la economía sumergida, es decir sin hacer oposición alguna, ni acreditar unos especiales conocimientos.

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A estas personas volvió a tocarles la lotería cuando unos años después, con ocasión de una reforma de la ley de inspección, se les permitió integrarse en el cuerpo de Inspectores a los licenciados, y en la escala de subinspectores a los diplomados… (La oposición para inspectores se compone de cinco ejercicios, todos eliminatorios, y creo es una de las más duras que hay, a pesar del escaso prestigio social de que gozan, algo que por cierto no entiendo). De ahí la diferenciación entre inspectores y subinspectores “de pata negra”, que son aquellos que han conseguido la plaza por sus propios méritos, y “de pata blanca”, que son los beneficiados por la Diosa fortuna.

Resumiendo y concretando, tras estar mareando a mi amigo durante más de dos años una subinspectora de pata blanca, pedirle innumerables papeles, acudir a su propio domicilio particular (lo que está prohibido por la ley de la inspección), inventarse dos comparecencias que no se realizaron nunca (supongo que para evitar la caducidad del procedimiento, pues está sujeto a plazos, tanto por interrupción del expediente como a un plazo máximo de prescripción), etc., la citada subinspectora dicta un acta –visada por un Inspector, no se si pata negra o pata blanca-, en la que basándose en que mi amigo ¡”no ha comunicado al INEM que iba a trabajar”!, resuelve lo siguiente:

1º. Extinguirle la prestación, con efectos de hace cuatro años, perdiendo todas las cotizaciones correspondientes.

2º. Exigirse la devolución de los subsidios cobrados durante esos cuatro años, más de veinte mil euros, que mi amigo no va a poder devolver, pues carece de dinero para ello, por lo que seguramente le echarán de su casa.

3º. Retirarle cautelarmente el subsidio que cobra, dejándole en la puta calle, sin cotizar ni ingreso alguno.

“Gracias” a la gran labor de esta subinspectora, España tiene un parado menos y un desgraciado más…

En resumen: no se fie usted del INEM. Pida que le den un recibo o justificante de cualquier información que les facilite que tenga alguna relevancia, o, mejor aún, preséntelo todo por registro, guardándose la copia correspondiente, por lo que pueda pasar.

Excuso decirles que mi amigo, que es de cuidado, ya se ha quejado en vía disciplinaria de la actuación de las funcionarias o enchufadas del INEM, y actualmente está preparando una denuncia en vía penal por falsedad en documentos público en el ejercicio de sus funciones contra la subinspectora en cuestión (al inventarse unas comparecencias que nunca se realizaron) en un acta que, encima, goza de “presunción de veracidad”), y otra denuncia administrativa por su posible responsabilidad disciplinaria.

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Así se escribe la historia. Marca ESPAÑA.

 

(Posdata: Ha venido a verme este señor para que le “traduzca” al cristiano la misiva de un folio por las dos caras que ha recibido del INEM, y que obviamente es de formulario, de cortar y pegar.

Me ha resultado evidente que las funcionarias “cumplen órdenes” al procurar liar todo lo posible a los parados, para que cometan algún error o equivocación que de pie a echarles del paro, y así reducir el número de desempleados. ¡Ingeniería laboral se debe de llamar esta especialidad!, pues el INEM no solamente no la sanciona, sino que dice lo siguiente:

“…se ha procedido a la comprobación de los hechos de los que tenemos constancia solicitando informe a la persona responsable de la Oficina… (Es decir que la directora de la oficina objeto de la denuncia es quien determina si se ha atendido correctamente o no a un usuario…).

En cuanto al trato dispensado por la funcionaria de la mesa X (omito el número, por respeto a su intimidad), le confirmamos la corrección con la que siempre trata a los usuarios de nuestro Servicio, sin que en ningún caso se haya recibido queja alguna por este motivo ya que siempre ha mantenido un comportamiento impecable en el ejercicio de sus funciones”.

¿Y a mí que coño me importa? Si hay una queja, hay una queja. Escudarse en que “en ningún caso se haya recibido queja alguna…” es además falso, pues este señor se ha quejado debidamente, por escrito presentado en la Dirección Provincial del INEM correspondiente, por lo que es evidente que al menos una queja sí hay

En otras palabras: hay que acabar con los parados de la forma que sea, que no tenemos dinero para mantenerlos a todos, y además cada día están entrando miles de extranjeros, a los que tendremos que mantener, pues ellos “también son personas humanas”. Y que, obviamente, no han aportado nada a la hacienda pública española ni a la seguridad social, y lo que es peor, la mayoría no lo piensan hacer. Vienen sólo a vivir de nosotros, no con nosotros…